El Movimiento Manuela Ramos expresa su más enérgico rechazo a la decisión del Tribunal Constitucional (TC) de invalidar la distribución gratuita a nivel nacional de la Anticoncepción Oral de Emergencia (AOE), ordenando al Ministerio de Salud (Minsa) se abstenga de distribuirla gratuitamente en los servicios públicos de Salud.Esta decisión marca un grave retroceso para aquéllas que solo pueden acceder a anticonceptivos de emergencia en los centros públicos de salud y una lamentable situación de discriminación contra las mujeres de más bajos recursos económicos.
Resulta extraña -en un contexto en el que se debate la despenalización del aborto en situaciones límite- la decisión del Tribunal Constitucional habida cuenta de su posición adelantada tanto en el año 2006 como en la publicada en diversos medios de comunicación en septiembre de este año, en la que el TC reafirmaba la posición del Ministerio de Salud (Minsa) de distribuir gratuitamente la AOE.
La Anticoncepción de Emergencia (AOE) constituye una alternativa para miles de mujeres peruanas, principalmente las más pobres, muchas de las cuales necesitan acceder a la AOE en situaciones extremas como la violencia sexual, evitándoles un embarazo no deseado.
La AOE está amparada en numerosas investigaciones y en la opinión calificada de organismos científicos; instituciones nacionales como la Defensoría del Pueblo, El Colegio Médico del Perú y la Academia Peruana de la Salud, e internacionales, como Organización Panamericana de la Salud (OPS), las que han puntualizado que la AOE no es abortiva y no impide la implantación del óvulo fecundado ya que no tiene efectos sobre el endometrio.
Es preocupante constatar que un país que presenta una de las más altas tasas de mortalidad materna y de embarazo adolescente en América Latina, con una educación sexual deficiente, una escasa distribución de métodos anticonceptivos y con débiles políticas públicas en el campo de la salud, se tomen decisiones de esta magnitud que no hacen sino corroborar la situación de desigualdad y discriminación en el acceso y ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos.
Esta sentencia constituye un grave incumplimiento de los compromisos y obligaciones internacionales asumidas por el Estado peruano para garantizar los derechos humanos de las mujeres, por lo que amerita recurrir a las instancias internacionales correspondientes y denunciar estos hechos.
Movimiento Manuela Ramos
Lima, 23 de octubre de 2009
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Nidia Sánchez
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